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Delitos contra la libertad sexual

Condena por delito de agresión sexual por penetración sin consentimiento

Delitos contra la libertad sexual

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a un hombre por un delito de agresión sexual con penetración sin consentimiento, en un caso que comenzó tras una noche en la que dos mujeres y dos hombres fueron juntos a casa de uno de ellos después de salir de una discoteca. Una de las mujeres dejó claro desde el principio que solo quería tener relaciones con la otra mujer, pero el acusado terminó penetrándola vaginalmente sin su consentimiento. Esto provocó una reacción violenta por parte de la víctima, que forcejeó con el acusado y acabó con lesiones leves al caerse y cortarse en el brazo.

En primera instancia, el acusado fue condenado a prisión, libertad vigilada, prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima, y a pagarle una indemnización. Además, se contempló la posibilidad de sustituir la pena por la expulsión del país. El acusado recurrió la sentencia alegando que no había pruebas suficientes y que, tras la reforma penal, los hechos por los que fue condenado ya no eran delito o merecían una pena menor.

Sin embargo, el TS ha dejado claro que la declaración de la víctima, corroborada por un testigo presencial y pruebas de ADN, es suficiente para condenar, especialmente en delitos sexuales. También aclara que no es necesario que haya lesiones para que exista delito de agresión sexual. Por último, el TS explica que la reforma penal no ha despenalizado estos hechos, sino que los antiguos abusos sexuales sin consentimiento ahora se consideran agresión sexual, manteniéndose la pena mínima. Por todo ello, el recurso del acusado ha sido desestimado y la condena se mantiene.

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