Araba y Bizkaia: módulos para 2021

Se mantienen los módulos, las instrucciones y los límites del 2020 para la aplicación del régimen.

Araba y Bizkaia: módulos para 2021

Recientemente, se ha publicado en Araba y Bizkaia la normativa que desarrolla para 2021 el régimen especial simplificado del IVA. A estos efectos, tenga en cuenta que:

  • Se mantienen los módulos e instrucciones para la aplicación del régimen del año 2020.
  • Si desea renunciar al régimen para 2021 o revocar una renuncia previa, puede hacerlo hasta el 25-4-2021 presentando una declaración censal.
  • No obstante, recuerde que también puede renunciar al régimen de forma tácita presentando la autoliquidación del IVA del primer trimestre de 2021 en régimen general (modelo 303) o, la primera autoliquidación que se deba presentar después del comienzo de la actividad, en caso de inicio de ésta.
  • Para la aplicación del régimen, se prorroga para 2021 el límite de 250.000 euros (en lugar de 150.000) relativo al volumen de:
    • Ingresos anuales aplicable al conjunto de actividades, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales.
    • Adquisiciones e importaciones de bienes y servicios para el conjunto de las actividades empresariales o profesionales, excluidas las relativas a elementos del inmovilizado.

Nuestros profesionales le informarán del contenido del régimen simplificado y le ayudarán a calcular el IVA correspondiente a su módulo.