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Amnistía

El Tribunal Constitucional avala amnistiar la malversación del «procés»

Amnistía

Dolors Bassa acudió al Tribunal Constitucional (TCo) después de que el Tribunal Supremo (TS) decidiera no aplicarle la ley de amnistía al delito de malversación por el que había sido condenada. La discusión giraba en torno a una excepción de la ley, el TS entendía que no cabía amnistiar la malversación si había enriquecimiento personal. A su juicio, pagar con dinero público los gastos del referéndum de 2017 había supuesto una ventaja para los dirigentes independentistas, porque así no tuvieron que pagarlos de su bolsillo.

El TCo no comparte esa interpretación. Por 7 votos frente a 5, ha estimado el recurso de Bassa y considera que el TS interpretó la excepción de manera demasiado amplia y contradictoria con la finalidad de la ley. La clave, explicada de forma sencilla, es que no se puede llamar «enriquecimiento personal» a cualquier uso indebido de dinero público ya que hacerlo supondría confundir esa excepción con el propio delito de malversación. Para la mayoría del tribunal, la ley pretendía excluir determinados supuestos de corrupción privada, no todos los gastos vinculados al procés. 

La decisión no se queda en una discrepancia sobre cómo leer la ley. El TCo concluye que, al negar la amnistía con esa interpretación, el TS vulneró el derecho de Bassa a la tutela judicial efectiva. Por eso anula las resoluciones que habían rechazado aplicársela y ordena al TS dictar otra que declare amnistiado su delito de malversación. Es decir, la nueva resolución aún debe dictarse, pero su contenido en este punto viene marcado por el fallo del TCo. 

También produce esta sentencia consecuencias para otros dirigentes del procés. Indica que este criterio se aplicará al caso del expresident y que, tras conocerse el fallo, el TS ha dejado sin efecto por el momento las órdenes nacionales de busca, captura y detención contra él, a la espera de una nueva resolución expresa. Los 5 magistrados que votaron en contra discrepan y creen que el TC fue demasiado lejos al entrar en una interpretación de la ley que correspondía al TCo. 

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